jueves, 4 de abril de 2019

PRINCIPALES FUNCIONES

  • Los títulos valores han servido históricamente y aún continúan sirviendo como instrumento de traslado de dinero.
  • Además sirven como instrumento de crédito a corto y medio plazo.
Por ello, si vuestra intención es efectuar de una manera rápida el cobro de un coche, un cheque, por ejemplo, es una buena opción. Como hemos dicho el título valor incorpora un derecho, el cual, tiene una serie de características:
  • Literalidad. Se lleva a cabo el derecho tal y como se establece en el documento. Si establece que se va a pagar 2.000 euros en 30 días, pues se tiene que hacer así.
  • Autonomía, en el sentido de al nuevo adquirente le corresponde un derecho totalmente independiente de las relaciones de carácter personal que hubieran podido existir entre los anteriores titulares del documento y el deudor. Si el título valor primeramente contiene un derecho de crédito, y posteriormente pasa a otra mano, ese derecho de crédito “caduca”, y nace un nuevo derecho, por ejemplo, de obligación.
  • Legitimación por la posesión. El título valor otorga a su poseedor la legitimidad para ejercer el derecho que en él se contiene. Si no lo posee, no queda legitimado.
Los títulos valores, evidentemente, son documentos de necesaria presentación. Si el concesionario de coches no presenta el cheque, no podrá recibir la cuantía de dinero de ese cheque por el cobro de coche.

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