CERTIFICADO BANCARIO DE MONEDA EXTRANJERA Y NACIONAL
¿Qué es un certificado bancario?
El certificado bancario es un titulo valor que tiene por finalidad principal permitir a las empresas del sistema financiero nacional obtener rápidamente fuentes de financiamiento, mediante la captación de fondos del público. El esquema es el siguiente: una persona entrega un monto determinado de dinero (ya sea en moneda nacional o extranjera) a una empresa del sistema financiero, recibiendo a cambio de ello el título valor llamado certificado bancario. Este título valor, que puede ser al portador o a la. Orden, contiene una obligación de pago a cargo de la empresa emisora, la misma que será exigible una vez transcurrido el plazo previsto en el certificado bancario.
Estos títulos valores solamente pueden ser emitidos por las empresas del sistema financiero nacional, debidamente autorizadas para ello por la Superintendencia de Banca y Seguros. Asimismo, se caracterizan por ser emitidos contra !a recepción del impone que representa dicho documento cambiario, por lo que es necesario el recibo del dinero por parte de la empresa emisora para que proceda a la expedición y entrega del respectivo certificado bancario. Cabe agregar que tos certificados bancarios no se pueden emitir contra créditos puesto que se requiere el ingreso a la caja de la empresa emisor i de la suma que representa el título valor.
SUJETOS INTERVINIENTES
¿Quienes participan en un certificado bancario?
En un certificado bancario necesariamente participan dos sujetos:
- El emisor
- El beneficiario o tenedor
Adicionalmente pueden participar:
- El garante
- El endosante
- El endosatario
REQUISITOS FORMALES ESENCIALES
¿Qué información debe contener un certificado bancario?
- La denominación de certificado bancario y la indicación de si se trata de un titulo valor expresado en moneda extranjera o moneda nacional.
- El lugar y fecha de emisión
- Si los certificados bancarios han sido emitidos al portador
- La indicación del importe que representan
- El plazo de vigencia del titulo valor o su fecha de vencimiento
- el lugar de pago
- Las condiciones para su redención anticipada.
- El nombre de la empresa emisora y la firma de su representada
IMPORTE
¿Cuál es el importe mínimo que debe representar un certificado bancario?
Tratándose de certificados bancarios en moneda extranjera, el importe que representa el título valor no debe ser menor a mil dólares americanos o su equivalente en otras monedas extranjeras. Para el caso de certificados bancarios en moneda nacional, la suma consignada no deberá ser menor de mi) nuevos soles.
Por otro lado, el importe podrá generar los intereses compensatorios previstos en el certificado bancario desde la fecha de su emisión hasta su vencimiento pudiendo ser a tasas fijas o variables.
VENCIMIENTO
¿En qué momento vence el certificado bancario?
Los certificados bancarios vencen solamente a fecha fija. Esto es, en el documento cambiario deberá señalarse cuál es el día en que será exigible el pago del importe del título valor. Ahora bien. Este plazo de vencimiento no puede ser superior al año desde que el título valor es emitido. Por dicha razón, si no se hubiese señalado expresamente en el titulo valor cuál es su fecha de vencimiento, deberá entenderse que ésta es de un año. Contado desde la fecha de emisión.
¿Puede renovarse el plazo de vencimiento del certificado bancario?
El lazo de vencimiento de los certificados bancarios en moneda nacional o extranjera puede ser renovado si así ha sido previsto en el título valor o, si no se hubiese señalado expresamente lo contrario. Esto es, si no se efectúa indicación alguna, deberá entenderse que el plazo es renovable en forma indefinida y sucesiva. Por el mismo lapso señalado en el título valor, con la capitalización de sus intereses.
TRANSFERENCIA
¿Cómo se transfieren los certificados bancarios?
Si el certificado bancario es al portador, su transferencia operará mediante su simple entrega o tradición. Pero, si fuera a la orden, la transferencia del certificado bancario se producirá mediante endoso [ver 0321, sea en forma privada o a través de los mecanismos centralizados de negociación